club-mba.com

Blog

Nueva Ley de Emprendedores en España

Nueva Ley de Emprendedores en España
mayo 25
14:42 2013

El viernes 24 de Mayo fue aprobado el anteproyecto de Ley de la esperada Ley de Emprendedores. Después de varios meses de elucubraciones sobre su contenido y dos años después de ser prometida (más vale tarde que nunca), por fin podemos comprobar cuales serán esas medidas que se dirigen a no solo a incentivar la creación de empresas y puestos de trabajo, sino también a aliviar los difíciles comienzos que suelen sufrir la mayoría de los emprendedores.

A continuación resumimos las novedades introducidas:

1.    Introducción del IVA de caja:

Empresarios y autónomos con una cifra de negocios inferior a 2 millones de euros no tendrán que ingresar el IVA correspondiente a facturas que no han sido cobradas, y por tanto no han ingresado el IVA correspondiente. Esta medida era desde hace tiempo una de las más demandadas por los empresarios, ya que les supondrá un importante alivio de tesorería

2.   Nueva empresa en 24 horas y por 40 euros:

Con esta medida se pretende eliminar las trabas burocráticas y administrativas que son más que habituales en España. Se introducirá la creación telemática de empresas para que su creación pueda llevarse a cabo en tan solo 24 horas y con un coste de 40 euros. Además, se estudia la posibilidad de rebajar el capital social mínimo de 3.005,06 euros a 1 euro, tal y como está establecido en otros países de la zona euro.

3.   Incentivos para accionistas de las nuevas pymes:

Dicho en otras palabras, los business angels disfrutarán de beneficios fiscales por su inversión en empresas de nueva creación. La deducción será del 20% y la base máxima serán 20.000 euros , siempre que los fondos propios de la empresa no superen los 200.000 euros en el ejercicio en el que el business angel invierta en la empresa. Además, se otorgará la residencia española a inversores extranjeros “que pretendan realizar inversiones económicamente relevantes”, según palabras de la ministra de Empleo y Seguridad Social.

4.   Menos cotizaciones sociales para pluriempleados:

Los trabajadores que se den de alta en el régimen de pluriactividad usarán como base de cotización la resultante de aplicar el 50% a la base mínima de cotización establecida cada año en los Presupuestos del Estado. Se les aplicará el 50% de la base mínima durante los primeros 18 meses y el 75% durante los siguientes 18 meses. Cómo vemos, es una medida parcial y temporal, puesto que transcurridos 36 meses desde el inicio de la pluriactividad desaparece este beneficio.

5.   Facilidades de refinanciación:

Todavía no han sido del todo concretadas, pero estas medidas se dirigirán principalmente a modificaciones de la Ley Concursal, con el objetivo de que acreedores (principalmente entidades financieras), no puedan bloquear unilateralmente los acuerdos entre deudor y acreedores. Ahora mismo, para llegar a un acuerdo se necesita el consentimiento de quienes reúnan un 75% de la deuda, umbral que según se prevé, será rebajado hasta un 67%.

6.   Los autónomos no perderán ni la casa ni el coche:

Se crea la figura del empresario de responsabilidad limitada. Según varios despachos de abogados ésta es la medida más importante en cuanto a seguridad y protección en torno al emprendedor. Hasta ahora respondían ilimitadamente por sus deudas incluso después de haber visto sus bienes embargados, mientras que con la nueva reforma no responderán con su vivienda (hasta 300.000 euros) y probablemente tampoco con su vehículo habitual (hasta 30.000 euros).

7.   Mercado de deuda alternativo para pymes

Tradicionalmente el 80% de la financiación de las pymes tenía un origen bancario, fuente de financiación que se encuentra restringida actualmente. Por ello se pretende la facilitación de acceso a mercados alternativos de renta fija donde las pymes podrán captar fondos más fácilmente. No obstante, éste proyecto de financiación alternativa requiere del visto bueno de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, cuya posición aún no se conoce.

8.   Ventajas fiscales a la reinversión de beneficios:

Alrededor de 180.000 empresas podrán deducirse en el Impuesto sobre Sociedades el 10% de la parte de sus beneficios que destinen a reinversión. Con esta medida no sólo se disminuye la cuota a pagar (lo que conlleva un leve alivio de tesorería), sino que además se pretende que las empresas apuesten por su negocio y dinamicen el mercado.

9.   Creación de la Sociedad Limitada de Formación Sucesiva:

Esta nueva forma jurídica trata de abaratar los costes iniciales que suponen la creación de una empresa, pero con importantes obligaciones y límites: Se deberá dotar un 20% del beneficio como reserva legal, no se podrá distribuir hasta que el capital social no alcance el mínimo exigido para Sociedades Limitadas (3.005,06 euros), y la retribución de sus socios y administradores estará limitada a un 20% del patrimonio neto.

Las medidas expuestas pueden ser modificadas y se podrán introducir otras nuevas, ya que la Ley de Emprendedores entrará en vigor en enero de 2014, momento a partir del cual esperamos que sean de vital utilidad para el principal núcleo del tejido empresarial español.

Referencias: Expansion, El Economista, Cinco Días

About Author

A J

A J

Equipo de club-mba.

Related Articles

0 Comments

No Comments Yet!

There are no comments at the moment, do you want to add one?

Write a comment

Write a Comment

cinco + 12 =


Síguenos en las Redes Sociales

Encuesta

¿En qué área de gustaría trabajar al finalizar el MBA?

Ver resultados

Cargando ... Cargando ...

Uso de cookies

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.

ACEPTAR
Aviso de cookies