Fin del canon digital: ¿hemos avanzado algo?
El pasado miércoles, en la edición digital de El Mundo leí el siguiente titular: «El Tribunal Supremo confirma la anulación del canon digital«. Tras finalizar su lectura y contrastar con otras fuentes, la noticia en sí era que el Tribunal Supremo que no aceptaría recurso contra la sentencia de la Audiencia Nacional que anuló el canon a finales de diciembre de 2011. Esta anulación fue consecuencia de la intervención del Tribunal Europeo en octubre de 2010, en la que declaraba que «la aplicación indiscriminada del canon sobre soportes de reproducción adquiridos por empresas y profesionales para fines distintos de la copia privada no era conforme con el Derecho comunitario».
Sobre el papel, parece una muy buena noticia para la gran mayoría de la población que, desde la regulación del canon en 2008 por el Ministerio de González-Sinde, a causa de dicho concepto podíamos pagar hasta 3,15 euros por un reproductor MP3, 9 euros por un escáner o 12 euros por un disco duro externo, entre otros. Sin embargo, la triste realidad es que la mentalidad de Gobierno y empresarios de la industria cultural sigue estancada en 1987, fecha de la instauración del primer canon digital en España, y ahora preparan un disparate aún mayor que el propio canon: la integración del mismo en los Presupuestos Generales del Estado (aspecto recogido, entre otros puntos, en la conocida como Ley Lassalle).
El objetivo primero de esta Ley, sucesora de la Ley Sinde-Wert, es el de reforzar los poderes de la Comisión de Propiedad Intelectual, encargada de censurar y retirar aquellos contenidos que consideren no respetan los derechos de autor, así como la censura y cierre de las webs que enlacen a dichos contenidos. El «truco» reside en los miembros que componen dicha Comisión, ya que fueron sido designados por el propio Ministerio de Cultura y otros órganos dependientes: esto es como poner a un socio del Real Madrid como árbitro de un Real Madrid-Barcelona.
Otro potestad digna de mención que tiene esta Comisión, es la de poder censurar y clausurar sitios web que enlacen a contenidos con copyright (salvo buscadores como Google -no hay que molestar a los peces grandes-) sin autorización judicial, o solicitar a los operadores el bloqueo de páginas en el extranjero. Según datos de El País, desde que esta comisión comenzara a funcionar hace algo más de un año, «…se han recibido y tramitado 363 solicitudes. De las 115 solicitudes que prosperaron, 30 ya produjeron el acuerdo de inicio (20 retiraron las webs con «contenidos vulneradores» de forma voluntaria y en 4 casos la Comisión ha ordenado la retirada de la página); 4 fueron archivadas antes del mismo y las 81 restantes están en fase de investigación, según datos del Ministerio de Cultura«.
Es decir, como no se puede regular la distribución y copia de material con derechos de autor, pues la ilegalizo. Resulta paradójico que sean aquellos que tanto se han quejado de la piratería quienes, con sus medidas, fomenten la copia y distribución de contenidos de forma ilegal.
El peligro real de todo esto es que, de ser aprobada la Ley Lassalle, el inseguridad de operar en nuestro España hará que muchas empresas de Internet decidan cesar su actividad en nuestro país y trasladarse a destinos en los que se proteja de verdad se proteja su negocio y se les facilite la inversión local. Ya pasó con la ley Sinde y los servicios de hosting. Además, esta situación no sólo afectará a las grandes tecnológicas, sino que con el paso del tiempo lo harán las medianas y pequeñas empresas y acabará llegando el momento en el que los españoles preferiremos irnos al extranjero para poder emprender un negocio en Internet. Resulta curioso que sin embargo se haya hecho justo lo contrario con el proyecto Eurovegas.
En la mayoría de los ámbitos, pero muy especialmente en Internet, la ilegalización de un servicio no supone su erradicación. Pongo como ejemplo Napster: fue la primera gran red P2P de intercambio de archivos en MP3. Llegando a alcanzar más de 26 millones de usuarios, se enfrentó a la demanda de varias discográficas que acusaron a Napster de piratería, y el juez obligó a Napster a cerrar sus servidores:
- ¿Qué ocurrió con sus usuarios? Migraron a otras plataformas com Ares, eMule o Kazaa.
- ¿Acabó Napster con el tráfico de archivos con copyright? No, obviamente.
- ¿Qué hacen sus fundadores a día de hoy? Sean Parker ha transformado la industria musical con Spotify.
Personalmente, me hace gracia cuando alguien me dice «claro, es que Google tiene sus oficinas en Dublín porque en Irlanda paga menos impuestos», o cuando leo que Twitter sólo traerá a España una pequeña división de márketing, a pesar de que somos el segundo país europeo en volumen de usuarios. Normal.
Para finalizar y como curiosidad, Kim Dotcom (fundador de Megaupload y Mega) el pasado 7 de enero twitteó lo siguiente sobre como acabar con la piratería:
- Crea contenidos de calidad
- Hazlos fácil de comprar
- Lánzalos mundialmente al mismo tiempo
- Dales un precio justo
- Haz que funcionen en todos los dispositivos
Fuentes: ElMundo.es, ElPaís.com, alt1040.com, Paranoid Androids.net, Wikipedia, AllThingsD.com
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NO, seguimos sin avanzar. Si el gobierno retirara de una vez esta ley anticonstitucional y se decidiera revisar el modelo de negocio porque es totalmente obligatorio…